Las personas responsables de IVA y obligados a llevar contabilidad enmarcadas en el artículo 437 del Estatuto Tributario, deberán declarar los ingresos obtenidos por salarios.

Por regla general, los ingresos que se declaran en el impuesto de renta deben coincidir con los ingresos declarados en las respectivas declaraciones de IVA. Aun cuando estos impuestos son totalmente diferentes. A excepción de aquellos ingresos donde la causación y devengo no concuerden con lo establecido en el artículo 429 del Estatuto Tributario.

Los funcionarios de la DIAN en sus auditorías de impuestos de renta, en la mayoría de los casos, solicitan las declaraciones de IVA de ese mismo año gravable ya que es una forma muy sencilla para identificar una inconsistencia. Situación que pueden desconocer los contribuyentes y por lo cual no realizan una conciliación entre los ingresos reportados en dichos impuestos.

En las declaraciones de IVA se deben declarar todos los ingresos obtenidos por el contribuyente, los gravados, los exentos, los excluidos y los no gravados.

De acuerdo a lo anterior, en el ejemplo de un contribuyente responsable de IVA que tiene un local comercial de venta de equipos celulares y accesorios, que además tiene ingresos por servicios técnicos de reparación de celulares y hace parte de la nómina de una compañía de tecnología.

¿CUÁLES INGRESOS DEBERÁ DECLARAR EN EL FORMULARIO DEL IVA?

Este contribuyente reportará en su declaración de IVA, la totalidad de sus ingresos por el desarrollo de sus operaciones, los salarios deberá informarlos en la casilla número 40 del formulario como ingresos por operaciones no gravadas, adicional, deberá tener en cuenta que estos ingresos no hacen parte del universo del IVA por lo cual no se debe tener en cuenta para efectos del cálculo del prorrateo del IVA, establecido en el artículo 490 del Estatuto Tributario.